Resolución nº 97 del Consejo de Facultad de Ciencias con fecha 13 de abril de 2026 acerca de la actualización de las Pautas para el Trabajo Final de Grado.
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2026, ADOPTO LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN:
97.
(Exp. 241020-000019-25) - 1) Aprobar las modificaciones propuestas por la Comisión de Grado sobre las Pautas para el Trabajo Final de Grado, de acuerdo a lo detallado en el distribuido No 409/26 complemento.
2) Invitar a la Comisión de Grado a participar de la próxima sesión del Consejo a efectos de tratar:
- la Revisión de las Pautas para el Trabajo Final de Grado.
- Roles para estudiantes, tutores y referentes en el Trabajo de Grado
(9 en 10)
EL TRABAJO FINAL DE GRADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS
El presente documento establece un marco general de referencia para la realización del Trabajo Final de Grado (TFG) en la Facultad de Ciencias, que actualmente adquiere otras denominaciones en las diferentes carreras: Tesina, Trabajo Final de Licenciatura, Monografía, etc. Su propósito es establecer criterios comunes, que cada carrera adaptará según las particularidades de su plan de estudios y que servirán de orientación para futuras revisiones de los mismos.
Además de los criterios generales aquí establecidos, se considera un lineamiento común que las Licenciaturas de la Facultad de Ciencias incorporen un Trabajo Final de Grado como requisito de egreso. En este sentido, se espera que aquellas carreras que aún no lo contemplan avancen en la inclusión de un Trabajo Final de Grado como parte de la trayectoria formativa de sus estudiantes, en futuras revisiones de sus planes de estudio.
Los Planes de Estudios de las Licenciaturas de la Facultad de Ciencias que incluyan la realización de un Trabajo Final de Grado como parte de las actividades de formación curricular del estudiante estarán sujetos a las siguientes pautas generales:
Objetivo general
El objetivo del TFG es aplicar los conocimientos, competencias y habilidades adquiridos por el estudiante a lo largo de la carrera, con el fin de integrarlos en la concepción, diseño y realización de un trabajo científico, ya sea de investigación básica, aplicada y/o de carácter profesional. A tales efectos, las Comisiones de Carrera podrán definir distintos formatos de TFG, adecuados a las características académicas de cada Licenciatura.
Ámbito de desarrollo del TFG:
El TFG se realizará en la Facultad de Ciencias u otros servicios de la Universidad de la República. Las Comisiones de Carrera podrán aprobar la realización del TFG en otros organismos o instituciones públicas o privadas que desarrollen actividades académicas, técnicas y/o profesionales.
El proyecto de TFG deberá ser concebido de forma tal que su realización en un semestre sea compatible con una dedicación semanal acorde a los créditos que cada Plan de Estudios asigna al TFG.
Sobre los créditos del TFG
Los planes de estudio y/o reglamentos de carrera podrán establecer entre un mínimo de 15 y un máximo de 30 créditos para el TFG en función de las características de la actividad en cada carrera.
Las Carreras deberán establecer un mínimo de créditos requeridos para inscribirse al TFG, que no podrá ser menor a 180 ni mayor a 230 créditos.
Supervisión para la realización del TFG:
El TFG se llevará a cabo bajo la responsabilidad de un tutor(a) que orientará el planteo y justificación del problema, los objetivos, el marco teórico conceptual, la metodología y el plan de
actividades, y supervisará las actividades del estudiante durante su desarrollo. Asimismo orientará al estudiante para la presentación escrita y oral del trabajo.
El/la estudiante deberá presentar ante la Comisión de Carrera la propuesta de el/la tutor(a) del TFG y el anteproyecto de TFG para su aprobación, atendiendo las pautas establecidas por dicha comisión en el reglamento respectivo.
Los tutores/as propuestos/as en el proyecto de TFG serán aprobados por la CC, siendo requisito tener antecedentes en investigación en al área de especialidad o afín a la temática a desarrollar y encontrarse en uno de los siguientes casos:
a) ser Profesor Adjunto, Agregado o Titular en Udelar
b) ser Asistente con título de Posgrado o con Pasaje a Doctorado, en Udelar,
c) ser Egresado/a universitario/a con título de Posgrado o con Pasaje a Doctorado.
Se podrá establecer la figura de un(a) co-tutor(a), con los mismos requisitos que los de tutor(a), en caso que sea necesario.
Cuando el/la tutor(a) y co-tutor(a) del TFG sean del caso c), la Comisión de Carrera designará un(a) referente institucional. Los/as referentes institucionales deberán ser docentes de Facultad de Ciencias comprendidos en el caso a). El/la referente institucional guiará al estudiante en los trámites académicos necesarios en relación al TFG dentro de la Facultad
Aprobación del TFG
Una vez concluido el TFG y presentado por el/la estudiante con el consentimiento del/ de la tutor/a, la Comisión de Carrera designará un Tribunal de Evaluación que podrá estar integrado por quien haya supervisado el TFG.
Quienes integren el Tribunal de Evaluación tendrán un plazo de 30 días para realizar por escrito sugerencias y modificaciones al TFG presentado por el/la estudiante. Si cumplido ese plazo algún miembro del Tribunal no se expide, la Comisión de Carrera podrá designar un reemplazo
Una vez recibidas las sugerencias y modificaciones, el/la estudiante tendrá hasta 30 días para presentar la versión final, que será evaluada en un plazo no mayor a 15 días.
La exposición pública del trabajo tendrá por objetivo la difusión del trabajo y será obligatoria. Se espera que las carreras tiendan a que esta instancia no forme parte de la evaluación del TFG. Cada Comisión de Carrera podrá, si lo considera necesario, disponer una instancia previa de evaluación oral con el tribunal. En caso de que el/la estudiante lo solicite expresamente, ambas instancias podrán unificarse.
La evaluación del TFG tendrá un carácter globalizador y sintético orientado a valorar la asimilación y comprensión de los conocimientos, así como la capacidad de análisis, comunicación y argumentación. El Tribunal evaluador deberá calificar el TFG con la escala de calificaciones establecida por la Udelar.
Una vez aprobado se deberá entregar una copia del TFG al Centro de Documentación Científica y Biblioteca de la Facultad de Ciencias. Esta entrega conforma un requisito para la solicitud de Título.
De la Comisión de Carrera
La Comisión de Carrera deberá:
- velar para que el/la estudiante pueda desarrollar su TFG con los apoyos necesarios de infraestructura edilicia, equipamiento, logística y gastos de insumos para cubrir el normal desarrollo de las tareas de gabinete, laboratorio y/o campo que requiera,
- actuar como mediador ante eventuales conflictos entre tutor(es) y estudiante.,
- aprobar tutores, cotutores y referentes institucionales, teniendo en cuenta que no exista conflicto de intereses entre las partes involucradas,
- evaluar y aprobar la propuesta presentada por el/la estudiante y tutor(a) de TFG,
- establecer en el reglamento las pautas mínimas de orientación para el/la estudiante sobre los contenidos, estructura, organización y extensión del TFG.




